Convocadas 35 plazas de Administrativo para la Universidad de La Laguna. Acumulan plazas de la OPE del 2020, 2021 y 2022. Convocadas el 14 de diciembre de 2023 en el Boletín Oficial de Canarias. Apertura de plazo del 15 de Diciembre de 2023 al 22 de Enero.
Concurso-Oposición. 60% oposición, 40% concurso. Todo el proceso tipo test (teoría y práctica)
Enlace para tramitar la solicitud
Importarte presentarte aunque no tengas méritos, es una muy buena oportunidad y la única forma de adquirir méritos es presentándote. La Universidad es una de los mejores Administraciones Públicas para trabajar.
Sólo puede presentarse vía electrónica en la sede de la universidad. Elaboraremos un documento explicando cómo se presenta la solicitud y lo colocaremos aquí desde que lo tengamos.
Puedes consultar las bases aquí.Bases convocatoria ULL
Primer examen. 100 preguntas tipo test, 90 minutos.
Segundo examen. 3 casos prácticos a elegir de entre 4 con respuestas tipo test.
IMPORTANTE. Crea lista de reserva entre los aprobados que no saquen plaza para trabajar como funcionario interino de la Universidad.
FORMACIÓN CERRADA – Ya hemos cerrado el acceso a esta formación. Si tienes interés, contacta por email y veremos si hay alguna opción de incorporarte info@eficienciayoposicion.com
¡No dejes pasar esta oportunidad y comienza a prepararte ya! 35 plazas de administrativo para la Universidad de La Laguna
La formación dura 6 meses. Significa que en 6 meses veremos todo el material.
¿Cómo funciona nuestra preparación?
No tienes que seguir horarios, la formación se adapta a tí. Puedes conectarte cuando quieras.
Contarás con una plataforma virtual y APP para acceder cuando necesites, con:
¡Descarga nuestro tema de muestra!
El material se trabajará en este orden, algunas semanas veremos 1 tema y otras veremos 2. Consulta el calendario de liberación del material aquí.
Calendario liberación material ULL
¿Dudas si prepararte con nosotros?¿No te imaginas cómo será la formación? Te dejamos aquí el video de bienvenida a la formación que te muestra qué te vas a encontrar, para que lo puedas ver antes de apuntarte con nosotros.
La formación está abirta para que empieces cuando quieras. Cuanto antes empieces, más tiempo tendrás para estar bien preparado@. No obstante, trabajamos con un sistema adaptado al alumno, por lo que puedes empezar cuando quieras. El día que empieces, sólo a tí se te liberará el material de bienvenida y de la semana 1, y cada 7 días se libera el material de la siguiente semana. Esto permite que cada uno empiece el día que quiera, pero ten en cuenta que tienes que empezar cuánto antes para que te de tiempo de ver la formación completa.
La formación dura 6 meses y cuesta 75€ al mes. Hay una opción de pago único que te permite ahorrarte 60€, pasando de los 450€ que supone 6 cuotas de 75€ a 390€ por el pago único.
Si estás interesad@ en el pago único, contacta con nosotros al email info@eficienciayoposición.com. Este pago se realiza por transferencia bancaria o bizum.
Una vez terminados los 6 meses de formación, seguirás teniendo incluido el acceso sin pagar nada más el resto del 2024, actualizando contenido si fuera necesario y pudiendo consultar tus dudas.
El plazo comienza el 15 de Diciembre, ya que la convocatoria de publicó en el Boletín Oficial de Canarias el 14 de Diciembre de 2023. Los 20 días hábiles comienzan a contar desde el 15 de Diciembre.
No podemos saberlo. Los pasos en el proceso selectivo son los siguientes:
1.Convocatoria. Publicada BOC 14/12/23.
2.Plazo de solicitudes. 20 días hábiles, abierto desde el 15/12/23.
3.Unos meses…puede ser 1…2…5… los que la ULL quiera, en que publiquen la lista de admitidos provisionales. Plazo para posibles subsanaciones
4. Unos meses, ya normalmente no suelen pasar tantos, suelen ser 1-4 meses, aunque al final van a ser los meses que la ULL quiera, en que publiquen la lista de admitidos definitiva y ahí se avisa de la fecha de examen. Suelen avisar con 2-6 semanas de antelación.
5. 1º examen. Las notas pueden tardar 3 semanas…6 semanas…12… lo que la ULL quiera.
6. Notas provisionales del 1º examen. Unos días por si alguien quiere impugnar. Notas definitivas y se marca la fecha del 2º examen ( la fecha te la suelen dar a 2-4 semanas vista).
7. 2º Examen. Tardará igualmente unas semanas en salir las notas, primero provisionales, unos días por si alguien quiere reclamar algo, revisión de exámenes con reclamaciones y notas definitivas.
8. Apertura fase de méritos. Se abrirá, conforme a las bases, plazo para presentar méritos.
9. Valoración de méritos. Se publicará la valoración provisional de méritos, plazo para reclamaciones, revisión, y valoración definitiva.
10. Notas definitivas que finalizan el proceso selectivo.
11. Propuesta de nombramientos de funcionario de carrera de los aprobados y propuesta de constitución de lista de reserva entre los aprobados sin plaza.
29 temas.
PROGRAMA DE MATERIAS
I. DERECHO ADMINISTRATIVO.
1. Las fuentes del derecho administrativo. La jerarquía de las fuentes. La ley. Las
disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley: decreto-ley y decreto legislativo. El
reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del derecho administrativo.
2. Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público. Ámbito de aplicación y
principios. Órganos administrativos y competencia. Órganos colegiados. La abstención y recusación. Relaciones Interadministrativas: principios generales de las relaciones interadministrativas.
3. Funcionamiento electrónico del Sector Público en la Ley 40/2015. El Reglamentopor el que se regula la administración electrónica en la Universidad de La Laguna.
4. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I): disposiciones generales. Los interesados en el procedimiento. La actividad de las Administraciones Públicas.
5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (II): los actos administrativos: requisitos, eficacia, nulidad y anulabilidad. Disposiciones sobre el procedimiento administrativo común.
6. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (III): revisión de los actos en vía administrativa. Los recursos administrativos: concepto y clases. El recurso contencioso-administrativo: ámbito, capacidad, legitimación y postulación. Actividad administrativa impugnable.
7. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Especialidades del procedimiento responsabilidad patrimonial.
8. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Los Contratos del Sector Público. Objeto y ámbito de aplicación. Tipos de Contrato. Disposiciones generales de la contratación. Las partes el contrato. Objeto, presupuesto base de licitación, valora estimado, precio del contrato, garantías.
9. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Preparación y procedimientos de adjudicación de los contratos. Efectos, cumplimiento y modificación de los contratos administrativos. Extinción. Régimen de invalidez de los procedimientos de contratación. El procedimiento de contratación administrativa y las fases de ejecución del gasto.
10. La Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública, y buen
gobierno: objeto. Ámbito subjetivo de aplicación. Publicidad activa. Derecho de acceso a la información pública
11. La protección de datos. Régimen jurídico. El Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Principios y derechos. Obligaciones. El Delegado de Protección de Datos en las Administraciones públicas. La Agencia Española de Protección de Datos.
II. GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS.
1. El personal al servicio de las Administraciones públicas. Régimen jurídico. El texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público y demás normativa vigente. Clases de personal Las competencias en materia de personal en la Universidad de La Laguna.
2. El personal funcionario al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y Deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Sistemas selectivos y provisión de puestos de trabajo. Ordenación de la actividad profesional. Situaciones Administrativas.
3. Las Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas. Régimen disciplinario: faltas, sanciones y procedimiento.
4. El régimen general de la Seguridad Social: afiliación, altas y bajas, variaciones,
cotizaciones y prestaciones. La MUFACE: concepto y clases de prestaciones. Derechos pasivos.
5. El Personal Laboral al servicio de la Administración Pública. Régimen jurídico. El Convenio Colectivo de Personal Laboral de las Universidades Públicas Canarias.
6. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas públicas para la igualdad. Principio de igualdad en el empleo público.
III. GESTIÓN FINANCIERA.
1. El Presupuesto de la Universidad de La Laguna (I). Régimen económico y financiero. Régimen jurídico y principios aplicables. Las bases de ejecución del presupuesto. Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación. Modificaciones presupuestarias.
2. El Presupuesto de la Universidad de La Laguna (II). Concepto de Gasto Público. Procedimiento General de ejecución del Gasto Público: fases del procedimiento de la gestión del presupuesto y del pago. Documentos contables que intervienen. Anticipos de caja fija y pagos o justificar. El control interno.
3. El régimen retributivo del personal de administración y servicios: funcionario y laboral. Las indemnizaciones por razón del servicio.
4. El régimen retributivo de los funcionarios docentes de la Universidad de La Laguna y del profesorado contratado de la Universidad de La Laguna.
IV. GESTIÓN UNIVERSITARIA.
1. La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (I): funciones del sistema universitario y autonomía de las universidades. Creación y reconocimiento de las universidades y calidad del sistema universitario. Régimen Jurídico y estructura de las universidades públicas. Gobernanza y representación en las universidades públicas. Cooperación, coordinación y participación en el sistema universitario. Acreditación.
2. La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (II): organización de enseñanzas. Los Títulos universitarios. Investigación y transferencia e intercambio del conocimiento e innovación.
3. La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (III): el
estudiantado en el sistema universitario. Personal docente e investigador. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios.
4. Estatutos de la Universidad de La Laguna (I): naturaleza, principios y funciones. La Comunidad universitaria: estudiantado, profesorado y personal de administración y servicios. Órganos de Gobierno y representación. Régimen electoral.
5. Estatutos de la Universidad de La Laguna (II): funciones universitarias: Del estudio y de la investigación. Las relaciones con la sociedad, la extensión universitaria. Los servicios universitarios.
6. El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad: disposiciones generales. Organización de las enseñanzas universitarias. Organización básica de las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y de Máster. Verificación y acreditación de títulos.
7. El Consejo Social de la Universidad de La Laguna: normativa reguladora, naturaleza, régimen, funciones y competencias. Composición y funcionamiento.
8. El personal investigador. Modalidades contractuales de la Ley de la Ciencia, la
Tecnología y la Innovación. El Estatuto del Personal Investigador en Formación.
Bachillerato o equivante.
¿Qué equivale a Bachillerato?
Se aplica la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que en su artículo 4 recoge las equivalencias a bachillerato.
1. La superación de la prueba de acceso a la formación profesional de grado superior, a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y a las enseñanzas deportivas de grado superior, será equivalente al título de Bachiller, a los únicos efectos de acceso a empleos públicos y privados, siempre que se acredite estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente académico.
2. La superación de la prueba de acceso a las enseñanzas artísticas superiores para mayores de diecinueve años será equivalente al título de Bachiller, a los únicos efectos de acceso a empleos públicos y privados, siempre que se acredite alguno de los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos,
b) Estar en posesión de la equivalencia establecida en el punto 1 del artículo 3 de esta orden,
c) Haber superado al menos 15 créditos ECTS de las enseñanzas artísticas superiores.
3. La superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años, será equivalente al título de Bachiller, a los únicos efectos de acceso a empleos públicos y privados, siempre que se acredite alguno de los siguientes requisitos, o bien estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos o a efectos profesionales, o bien haber superado al menos 15 créditos ECTS de los estudios universitarios.
En este caso no tendrá validez la equivalencia con el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria a efectos profesionales obtenida según lo establecido en el artículo 3.5 de esta Orden.
4. Se establece la equivalencia de estudios parciales de algún bachillerato anterior al regulado en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, a excepción del Bachillerato Elemental, con el título de Bachiller, a los únicos efectos de acceso a empleos públicos y privados, siempre que se acredite que en su momento se tenía pendiente de superación la prueba de grado superior o reválida o un máximo de dos materias del correspondiente bachillerato.
5. La acreditación ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, mediante alguno de los documentos oficiales relacionados en el Anexo II, de la superación de determinados estudios de Enseñanzas Artísticas, será equivalente al título de Bachiller, a los únicos efectos de acceso a empleos públicos y privados.
Bachillerato o equivante.
¿Qué equivale a Bachillerato?
Se aplica la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que en su artículo 4 recoge las equivalencias a bachillerato.
1. La superación de la prueba de acceso a la formación profesional de grado superior, a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y a las enseñanzas deportivas de grado superior, será equivalente al título de Bachiller, a los únicos efectos de acceso a empleos públicos y privados, siempre que se acredite estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente académico.
2. La superación de la prueba de acceso a las enseñanzas artísticas superiores para mayores de diecinueve años será equivalente al título de Bachiller, a los únicos efectos de acceso a empleos públicos y privados, siempre que se acredite alguno de los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos,
b) Estar en posesión de la equivalencia establecida en el punto 1 del artículo 3 de esta orden,
c) Haber superado al menos 15 créditos ECTS de las enseñanzas artísticas superiores.
3. La superación de la prueba de acceso a la universidad para mayores de veinticinco años, será equivalente al título de Bachiller, a los únicos efectos de acceso a empleos públicos y privados, siempre que se acredite alguno de los siguientes requisitos, o bien estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos académicos o a efectos profesionales, o bien haber superado al menos 15 créditos ECTS de los estudios universitarios.
En este caso no tendrá validez la equivalencia con el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria a efectos profesionales obtenida según lo establecido en el artículo 3.5 de esta Orden.
4. Se establece la equivalencia de estudios parciales de algún bachillerato anterior al regulado en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, a excepción del Bachillerato Elemental, con el título de Bachiller, a los únicos efectos de acceso a empleos públicos y privados, siempre que se acredite que en su momento se tenía pendiente de superación la prueba de grado superior o reválida o un máximo de dos materias del correspondiente bachillerato.
5. La acreditación ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, mediante alguno de los documentos oficiales relacionados en el Anexo II, de la superación de determinados estudios de Enseñanzas Artísticas, será equivalente al título de Bachiller, a los únicos efectos de acceso a empleos públicos y privados.
La solicitud se presenta en este enlace
La ULL es un poco particular para presentar la documentación. Sólo se puede hacer vía telemática, y si no tienes usuario de la ULL ( que lo tendrás salvo que hayas acabado o estés realizando alguna formación con la ULL), primero tendrás que obtener ese usuario.
En la web indican lo siguiente:
Si no dispone de usuario y contraseña para acceder a la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna, consulte cómo obtenerlos en el siguiente enlace.
En este caso, tienes que identificarte con el sistema cl@ve o certificado electrónico o dni electrónico.
La formación ya está abierta para que puedas inscribir. Cuanto antes empieces, más posibilidades de que llegues bien preparad@ al examen. No obstante, trabajamos con un sistema adaptado al alumno, por lo que puedes empezar cuando quieras.
El día que empieces, sólo a tí se te liberará el material de bienvenida y de la semana 1, y cada 7 días se libera el material de la siguiente semana. Esto permite que cada uno empiece el día que quiera, pero ten en cuenta que tienes que empezar cuánto antes para que te de tiempo de ver la formación completa.
La formación dura 6 meses. Es importante que empieces cuanto antes para que te de tiempo de trabajar todo el material antes del examen. Depende de tí llegar a tiempo, por lo que cuanto antes empieces más probabilidades de conseguir tu plaza.
Cuando transcurran los 6 meses de formación no tendrás que pagar más cuotas y tendrás acceso todo 2024. Si fuera necesario acceder durante 2025 se les planteará la opción a quien así lo desee de pagar una cuota única y renovar el acceso durante 2025. Se les informaría a final de 2024.
Precio: 75€/mes
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Plazo cerrado
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